En los últimos años la preocupación por la protección de datos de carácter personal ha aumentado; y buena prueba de ello es la aprobación del RGPD y la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Por todo ello, la destrucción certificada de grabaciones de cámaras de seguridad toma una gran importancia.

La imagen de una persona en la medida que identifique o pueda identificar a la misma constituye un dato de carácter personal, cuyo tratamiento debe ser protegido como el resto de datos personales y confidenciales. Por ello, las grabaciones de las cámaras de seguridad no pueden guardarse por tiempo indefinido, ni pueden destruirse de cualquier manera, sin una certificación de seguridad.

¿Cuánto tiempo se deben guardas las grabaciones de las cámaras de seguridad?

La finalidad más común del tratamiento de imágenes mediante cámara de seguridad es la de garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones. Por lo tanto, el tratamiento de los datos personales debe ajustarse a los principios y obligaciones que establece la normativa de protección de datos.

La normativa actual de protección de datos marca que las grabaciones deben ser suprimidas en un plazo máximo de un mes; a no ser que se haya registrado la comisión de un delito; en cuyo caso debe ponerse en conocimiento de las autoridades pertinentes y las imágenes pueden guardarse como prueba durante todo el periodo que dure la instrucción judicial.

Una vez finalizado este mes, si las imágenes no registran la comisión de ningún delito, deben ser suprimidas; es decir, se debe producir una destrucción certificada de grabaciones de cámaras de seguridad.

Destrucción certificada de grabaciones de cámaras de seguridad

Tanto si las imágenes se almacenan en discos duros, como si se graban en otros soportes como CD, DVD o discos extraíbles; no es suficiente con formatear estos soportes o enviar las grabaciones a la papelera de reciclaje.

Para que se produzca una destrucción acorde con la legislación vigente en materia de protección de datos, tanto los documentos físicos como digitales, deben destruirse por un servicio certificado de destrucción de documentos.

En DCD somos expertos en la destrucción certificada de todo tipo de soportes de información y, una vez finalizada la destrucción, entregamos un certificado que legitima las acciones llevadas a cabo por la empresa en materia de protección de datos, ante futuras auditorías.

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