En el contexto de la pandemia global que vivimos por el COVID-19, algunos gobiernos han comenzado a aprovechar los datos de geolocalización de los teléfonos para ayudar a rastrear el virus. Sin embargo, esto choca frontalmente con la protección de datos.
Hoy analizaremos la relación entre geolocalización y protección de datos. Un intenso debate que se ha puesto de actualidad en todo el mundo. Pero en especial en la Unión Europea, por las especiales implicaciones del RGPD.
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La relación entre geolocalización y protección de datos
La Junta Europea de Protección de Datos está estudiando pautas para recopilar datos para la vigilancia relacionada con la pandemia de coronavirus, incluida la geolocalización, el rastreo de contactos y la información de salud.
Los gobiernos de todo el mundo confían en los datos de ubicación del teléfono para ayudar a rastrear el brote de coronavirus, sin restricciones formales en el uso de esos datos.
Países como Singapur, el Reino Unido e Israel han desarrollado sus propias aplicaciones para rastrear los movimientos de las personas y examinar cómo se propaga COVID-19, y las únicas protecciones de privacidad se basan en confiar en las promesas del gobierno.
En toda Europa, las compañías de telefonía móvil también han acordado compartir los datos de ubicación que han recopilado, ofreciéndolos a los gobiernos para rastrear los esfuerzos de distanciamiento social y ayudar a desarrollar políticas de salud pública.
La incertidumbre sobre tales programas ha dejado a los defensores de la privacidad preocupados de que los poderes de vigilancia que se otorguen durante la pandemia durarán más que la crisis.
RGPD, geolocalización y protección de datos
El Reglamento general de protección de datos de Europa no tiene pautas de datos de geolocalización para una pandemia como COVID-19, y muchos comisionados de protección de datos, incluidos Irlanda, Alemania e Italia, han dicho que priorizan salvar vidas en lugar de la privacidad durante el brote.
El RGPD aborda las restricciones de privacidad que existen durante una crisis de salud, lo que incluye permitir que los funcionarios de salud pública recopilen datos personales sin consentimiento durante una pandemia.
Pero no tiene reglas específicas con respecto al seguimiento de datos de geolocalización durante una pandemia. Los datos de ubicación deben usarse solo cuando se anonimizan o con el consentimiento de las personas que los facilitan.
Los datos de ubicación utilizados para rastrear el COVID-19 deben tener sus límites y respetar la privacidad de las personas. Lo que implica entrar en un debate entre salud y libertad.
De acuerdo con este debate, tanto la Agencia Española de Protección de Datos, como el RGPD, recogen que debe entenderse lícito el tratamiento de datos personales cuando sea necesario para proteger un interés esencial, para la vida del interesado o de otra persona.
Sin embargo, no podemos olvidar que el tratamiento de datos debe seguir realizándose aplicando los principios que se recogen en el RGPD de licitud, lealtad, transparencia, limitación de la finalidad, exactitud, y minimización de datos.
En definitiva, se pueden utilizar los datos de geolocalización para proteger a la población argumentando un interés general. Sin embargo, se debe garantizar que el tratamiento de estos datos:
- Se utilizarán exclusivamente para el objetivo médico.
- Se emplearán para estos fines y no se venderán a terceros.
- Se limitarán a los mínimos datos necesarios.
- Se restringirá el tiempo de disponibilidad, almacenándolos durante el tiempo necesario para controlar la pandemia y una vez finalizada ésta, permanecerán debidamente bloqueados.