Una de las principales tendencias del sector tecnológico para crecer en los próximos años es el Internet de las cosas, o IoT por sus siglas en inglés. Sin embargo, hay que tener en cuenta los riesgos que conlleva esta nueva tecnología; por ello, en este artículo analizamos el Internet de las cosas y la privacidad.

Con IoT nos referimos a los distintos dispositivos conectados a la red y que almacenan diversos datos de sus usuarios. Estos dispositivos se pueden aplicar a diversos campos: domótica, industria 4.0, monitores de salud, dispositivos de movilidad…

Todos los datos que los dispositivos conectados almacenan, permiten crear un perfil del usuario que lo utiliza: consumo de entretenimiento, estilo de vida, estilo de conducción, hábitos de movilidad… El tratamiento de estos datos y perfiles requiere la designación obligatoria de un Delegado de Protección de Datos, para asesorar al responsable o encargado de tratamiento sobre la correcta utilización de los datos obtenidos.

Sin embargo, la relación entre el Internet de las cosas y la privacidad puede suponer algunos riesgos para los usuarios, que te contamos a continuación.

El Internet de las cosas y la privacidad: riesgos

  • Rastreo del usuario: el IoT está presenten en dispositivos como monitores de salud o coches conectados, lo que permiten rastrear los movimientos del usuario que los utiliza.
  • Investigación de hábitos: nuestro día a día cada vez está más conectado: televisiones inteligentes, domótica, pago con aplicaciones móviles, aplicaciones de seguimiento de cuentas bancarias, compra online… Todos los datos extraídos de estos dispositivos nos permiten crear perfiles de los usuarios que los utilizan, llegando a deducir sus hábitos de consumo y rutinas.
  • Seguridad: al ser dispositivos conectados a la web, son susceptibles de sufrir ataques con malware como el resto de dispositivos (ordenadores, smartphones…) por ello, deben ser protegidos de la misma manera.

Para evitar este tipo de riesgos es recomendable proteger estos dispositivos de la misma manera que lo haríamos con un ordenador o teléfono móvil inteligente.

El Internet de las cosas y la privacidad: RGPD

De acuerdo con el RGPD, el tratamiento de los datos de los dispositivos inteligentes requiere una Evaluación de Impacto en Protección de Datos; como se explica en el artículo 35 del mismo:

“Evaluación sistemática y exhaustiva de aspectos personales de personas físicas que se base en un tratamiento automatizado, como la elaboración de perfiles, y sobre cuya base se tomen decisiones que produzcan efectos jurídicos para las personas físicas o que les afecten significativamente de modo similar”.

Además, el almacenamiento y obtención de estos datos no es inmune al resto del RGPD. Es decir, el consentimiento se debe obtener de forma explícita, los términos de privacidad deben ser claros y los datos puestos a disposición del usuario por si decide que sean portados o eliminados.

Como podemos observar, todavía queda mucho camino que recorrer en la relación entre el Internet de las cosas y la privacidad; ya que es un campo que sigue avanzando y cada vez recoge más datos de los usuarios que lo utilizan.

Paperblog

Rate this post